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MODIFICACIONES EN LA ASIGNACIÓN DE DOSIS ADMINISTRATIVA POR PÉRDIDA DE INFORMACIÓN DOSIMÉTRICA

El Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) ha remitido a los Servicios de Dosimetría Personal Externa (SDPE) nuevas directrices para la gestión de pérdidas de información dosimétrica, mediante la Circular Nº 6/23 sobre actuaciones en caso de estimaciones especiales de dosis, fechada el 21 de diciembre de 2023. Esta nueva normativa, que modifica los criterios previos establecidos en abril de 2003, dicta procedimientos específicos para las estimaciones especiales de dosis cuando los dosímetros se pierden, se deterioran, no se realiza el recambio u otros motivos que implique la imposibilidad de realizar la lectura del dosímetro.

Según la circular, en estos casos de pérdida de información dosimétrica las empresas están obligadas a realizar una estimación especial de dosis que quedará reflejada en el historial dosimétrico del trabajador afectado. Esta estimación debe estar justificada mediante un informe elaborado por el responsable de la protección radiológica de la empresa (jefe del SPR o UTPR o supervisor de la instalación) y firmado por su titular. Además, deberá notificarse al SDPE en un plazo no mayor a 2 meses desde el conocimiento de la incidencia para su integración en el Banco Dosimétrico Nacional.

Las empresas pueden basar sus estimaciones en las dosis previas del trabajador, en los resultados de la vigilancia radiológica de los lugares de trabajo, o a partir de las dosis individuales de otros trabajadores que hayan realizado trabajos similares. No cumplir con este proceso en el plazo estipulado puede considerarse una infracción, incumpliendo así el artículo 32 del Real Decreto 1029/2022, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre protección de la salud contra los riesgos derivados de la exposición a radiaciones ionizantes, que exige la determinación mensual de las dosis.

En conclusión, para dar cumplimiento a esta nueva Circular Nº 6/23, el SDPE de TECNODOSIS S.L. mantendrá el procedimiento de reclamación de dosímetros no recibidos para su lectura, notificando mensualmente a las empresas acerca de cualquier pérdida de datos dosimétricos de sus empleados y proporcionando recomendaciones sobre las acciones a seguir. La principal alteración respecto a la gestión vigente es que, si no recibimos la documentación para la asignación de dosis dentro del plazo designado, no procederemos a efectuar la asignación de dosis administrativa.

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