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Real decreto legionella

Real Decreto 487/2022, de 21 de junio, por el que se establecen los requisitos sanitarios para la prevención y control de la Legionella

La prevención y control de la bacteria Legionella en instalaciones y sistemas de agua, es de suma importancia para garantizar la salud y seguridad pública. En línea con este objetivo, el Real Decreto 487/2022 establece pautas y regulaciones fundamentales para abordar de manera efectiva los riesgos asociados con la proliferación de Legionella y la prevención de enfermedades transmitidas por el agua. Esta bacteria vive en el agua, pero se transmite y se mantiene en el aire, por lo que la infección se produce por vías respiratorias.

Objetivo del Real Decreto 487/2022

Tiene como objetivo principal establecer las medidas necesarias para prevenir y controlar la propagación de esta bacteria en sistemas de agua, minimizando así los riesgos de brotes y enfermedades relacionadas. Este marco legal establece directrices claras y obligatorias para garantizar que las instalaciones y sistemas que pueden albergar Legionella sean gestionados de manera segura y eficiente.

Ámbito de aplicación.

El alcance del RD 487/2022 es amplio y abarca diversas instalaciones y sistemas, incluyendo torres de refrigeración, condensadores evaporativos, sistemas de agua a presión en tratamientos dentales, sistemas de agua fría y caliente sanitaria [consumo humano], piscinas y fuentes ornamentales, entre otros. La normativa se aplica tanto a instalaciones de uso público como privado, – quedan excluidas del ámbito de aplicación las instalaciones ubicadas en edificios dedicados al uso exclusivo de vivienda – con el fin de asegurar la protección de la salud pública en diferentes contextos. Dicha normativa entrará en vigor el 2 de enero de 2024 y se intensificarán las acciones de las Autoridades Sanitarias.

Principales aspectos y requisitos: El RD 487/2022 establece una serie de requisitos y medidas esenciales para la prevención y control de legionelosis:

  • Evaluación de riesgos: los responsables de las instalaciones deben realizar evaluaciones de riesgos periódicas (al menos, una vez al año) para identificar posibles fuentes de proliferación de la bacteria.
  • Diseño y planificación del Plan de Control: basándose en los resultados de la evaluación de riesgos, se debe desarrollar un plan de control que incluya medidas específicas para prevenir y controlar la bacteria en las instalaciones.
  • Tratamientos de Prevención y Control: los tratamientos de prevención (anuales) pueden incluir la desinfección térmica, la ultravioleta (UV), la cloración, en nuestro caso, se realiza principalmente con compuestos clorados, y otros métodos validados. La normativa establece acciones precisas para cada tratamiento e instalación.
  • Muestreo y análisis: se deben realizar muestreos periódicos (trimestralmente) del agua para detectar la presencia de Legionella. Los parámetros analizados pueden incluir recuento de dichas bacterias por unidades formadoras de colonias (UFC), temperatura, pH, hierro total y niveles de biocidas.
  • Mantenimiento y limpieza: se requiere un mantenimiento adecuado de las instalaciones y sistemas para garantizar su correcto funcionamiento y minimizar los riesgos de proliferación de Legionella spp.
  • Registro y documentación: los responsables de las instalaciones deben mantener los registros actualizados de las actividades de control, muestreo y mantenimiento realizadas.
  • Formación y concienciación: se destaca la importancia de proporcionar formación adecuada a las personas involucradas en la gestión y mantenimiento de las instalaciones, así como crear conciencia sobre la Legionella y sus riesgos.

Periodicidad de tratamientos y muestreos

La periodicidad de los tratamientos y muestreos varía según el tipo de instalación y el riesgo identificado en la evaluación inicial. En general, hay que realizar muestreos cada tres meses, con posibles ajustes basados en los resultados y la evaluación continua de riesgos. Los tratamientos deben llevarse a cabo de acuerdo con las especificaciones del plan de control y la normativa vigente.

Parámetros analizados en los muestreos

Los muestreos deben incluir la medición de parámetros clave para evaluar la calidad del agua y la presencia de Legionella, como:

Los parámetros físico-químicos y microbiológicos analizados en el laboratorio, según la normativa deben ser:

  • Recuento de Legionella por UFC/l en agua.
  • Recuento de Aerobios por UFC/ml en agua.
  • Nivel de Hierro total µg/l.

Los parámetros medidos in situ, en base a lo establecido en el RD:

  • Temperatura en ºC del agua en diferentes puntos del sistema.
  • Niveles de pH para mantener un rango adecuado.
  • Turbidez en UNF.
  • Nivel de biocida en ppm (partes por millón).

Conclusión sobre el Real Decreto 487/2022

El RD 487/2022 representa un paso crucial en la prevención y control de la propagación de la bacteria Legionella en España. Al establecer pautas claras y obligatorias, esta normativa busca garantizar la salud y seguridad de la población al minimizar los riesgos asociados con esta bacteria en sistemas de agua. El cumplimiento riguroso de este decreto no solo es un deber legal, sino también un compromiso fundamental con la protección de la salud pública.

 

 

Kimberly Redfield

Responsable Dpto. de Control y Prevención de Legionella

UTPR® TECNODOSIS, S.L.

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